Agandalla Secretaría de Movilidad a empresa operadora del Tuzobús y los deja de patitas en la calle


La revocación de la licencia contemplaba alguna indemnización; con las multas ’no notificadas’ tomarán sus unidades sin otorgarles beneficio alguno

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Agandalla Secretaría de Movilidad a empresa operadora del Tuzobús y los deja de patitas en la calle
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Junio 06, 2019 00:39 hrs.
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El paro de labores que hicieron algunos trabajadores del Tuzobús el pasado lunes sentenció la revocación de la concesión a la empresa Corredor Felipe Ángeles, por lo que algunos operarios, de ser accionistas pasaron a ser trabajadores, en tanto que los antiguos dueños de las concesiones perdieron todos los derechos a seguir laborando en la misma actividad.

La Ley de Movilidad y Transporte, tomada casi en exactitud (plagiada) a la que opera en la Ciudad de México por la pasada legislatura, niega todo tipo de derecho a los antiguos propietarios de concesiones, además de que recogerá los autobuses a la empresa que hasta el lunes operaba el Sistema de Transporte Masivo, misma que ya había liquidado más del 50% del crédito bancario para la adquisición de las unidades.

El agandalle

Si bien el titular del Poder Ejecutivo (Omar Fayad) tiene la atribución de revocar la concesión a la persona moral que opere el Sistema de Transporte Masivo a través de la Secretaría de Movilidad según el Art. 6 de la Ley de Movilidad y Transporte, el Organismo de Transporte Masivo que acuerde la revocación debe realizarlo previa sesión y estudio técnico (Fracc. XIV, Art.14), condición que no se habría cumplido.

Los antiguos concesionarios no podrán volver a operar, por lo que estarán obligados a trabajar en el volante si quieren sostener su ingreso, ya que según el Art. 159 “Los particulares no gozan de un derecho preexistente respecto de las concesiones administrativas, esto es, en su esfera jurídica no obra alguna prerrogativa para su otorgamiento ni en relación con los bienes o servicios eventualmente”.

Y es que según el Art. 171 Las sociedades que constituyan los concesionarios, previa aprobación del proyecto de acta constitutiva por el Organismo del Transporte Convencional, serán responsables por el incumplimiento de sus socios, trabajadores y sindicatos, en todo lo relativo a las prevenciones señaladas en esta Ley. En caso de disolución, liquidación o quiebra de la sociedad, los derechos derivados de las concesiones se revocarán y cancelarán; esta disposición deberá ser incluida en el Acta Constitutiva de la sociedad.

Recordar que en el Art. 256 señala que “Según el caso de que se trate, la Autoridad Competente podrá revocar las concesiones, permisos, autorizaciones, o rescindir convenios y contratos materia de esta Ley por: I. Incumplir de cualquier forma con el objeto, las obligaciones o las condiciones que consten en el instrumento por el que se otorga; II. Interrumpir el tránsito de vehículos o personas en una vía pública por cualquier medio, ya sea parcial o totalmente, aún y cuando esto sea de forma temporal y en ello participe el concesionario, el permisionario o el titular de una autorización, convenio o contrato o sus conductores, o trabajadores o empleados”.

Según el secretario de Movilidad y Transporte José Luis Guevara Muñoz, la empresa Corredor Felipe Ángeles, que era la concesionaria del Tuzobús, fue multada por la Secretaría primero con 90 millones de pesos por incurrir en infracciones y posteriormente con 200 millones de pesos, además de que aún adeudan 90 millones de pesos tras la compra de las unidades, esto es, que los supuestos adeudos de las unidades embargadas son 1.72 veces el valor de las unidades nuevas, mismas que están casi a la mitad de vida (solamente pueden prestar servicio durante 10 años).

A lo anterior hay que agregar que atender el parque vehicular en mal estado requiere de una inversión de alrededor de 50 millones de pesos para su operatividad, además de cerca de 16 millones de pesos para la adquisición de cuatro nuevas unidades para el funcionamiento de la Estación Central de Autobuses.

Con el argumento anterior dejarían a los accionistas de la empresa “de patitas en la calle”, es más, saldrían debiendo.

Sin embargo, si bien no hay términos preestablecidos para la notificación de las multas por parte de la autoridad hacia los transportistas, resalta en el Art. 290 que “Cuando algún prestador de los servicios materia de este ordenamiento sea sancionado con la imposición de una multa, dispondrá de un plazo máximo de quince días hábiles para pagar la sanción correspondiente con algún beneficio; transcurrido el mismo sin que se hubiere pagado, se procederá en términos de los ordenamientos fiscales respectivos”, condición por lo cual podría inferirse que si hay multas de 2018 pendientes de notificar, les negaría el derecho a defenderse conforme a derecho.

Las irregularidades de la empresa

Pero el Consejo Directivo de la empresa Corredor Felipe Ángeles, tampoco es un nido de angelitos.

Primero porque de las 134 unidades del Tuzobús, 32 de ellas se encuentran en mal estado, abandonadas, inservibles, sin luces, con golpes, asientos dañados, llantas lisas y hasta sin motor.

Aunado a ello, al menos 200 de los 501 accionistas (concesionarios) pertenecen a una misma familia, cuando la Ley establece que deben ser máximo 5 por cada persona física -aunque no establece máximos para personas morales-.

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