SCJN declara inconstitucional que en Hidalgo se cobre por solicitudes de información
El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, invalidó diversas disposiciones de ordenamientos que aprobó el Congreso de Hidalgo, las cuales preveían contribuciones por concepto de búsqueda de información.
La Corte determinó que los preceptos resultaban violatorios del principio de proporcionalidad tributaria, el cual exige que las tarifas respectivas guarden una relación razonable con el costo del servicio y los materiales utilizados, lo que no ocurría en estos casos, pues la búsqueda de documentos no requiere el uso de recursos extraordinarios, al resultar suficiente que el funcionario encargado la realice como parte de sus propias funciones.
Por ello, el Pleno invalidó diversos preceptos de las Leyes de Ingresos para el ejercicio 2023, de Hidalgo, los cuales preveían el cobro de derechos por la búsqueda de documentos en sus archivos, sin que estuvieran vinculados al ejercicio del derecho de acceso a la información.
Asimismo, por tratarse de disposiciones de vigencia anual, La Corte conminó al Congreso para que, en lo futuro, se abstengan de emitir normas con el mismo vicio de inconstitucionalidad.