Pachuca de Soto, Hgo., 3 de abril de 2023.
Capacita Contraloría con el tema
’Protocolo para la recepción y atención a denuncias’
● Participaron titulares de los Órganos Internos de Control de las dependencias y organismos de los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, así como de municipios y organismos autónomos.
Todas las personas servidoras públicas están sujetas a observar una conducta digna, por ello la administración que encabeza Julio Menchaca Salazar, mediante la Secretaría de Contraloría liderada por Álvaro Bardales Ramírez, llevó a cabo la capacitación denominada ’Protocolo para la recepción y atención a denuncias’.
La formación fue dirigida a titulares de los Órganos Internos de Control de las dependencias y organismos de los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, así como a municipios y organismos autónomos, para el aprendizaje en el procedimiento que señala las conductas de incumplimiento en el código de ética establecido.
Durante la exposición se abordaron dos instrumentos normativos:
El primero, Protocolo Cero para la Prevención, Atención y Sanción del Acoso Sexual y/o Laboral, y Hostigamiento Sexual y/o Laboral en la Administración Pública del Estado de Hidalgo, el cual establece que la presunta víctima de estos hechos tiene el derecho de denunciar a través de la figura ’persona consejera’.
Ésta última debidamente sensibilizada y capacitada para dar acompañamiento a la persona denunciante y asesorarla para llenar un formato de primer contacto, el cual tendrá los datos suficientes para evitar solicitar de nueva cuenta el relato de tiempo, modo y lugar necesarios.
Acto seguido, la persona consejera hará de conocimiento al Comité de Ética y Prevención de Conflictos de Interés (CEPCI), de la secretaría, dependencia u organismo -a más tardar en 3 días hábiles-, la denuncia de la que tuviera conocimiento, y de igual manera, el CEPCI, deberá notificar a la Unidad Especializada en Ética y Prevención de Conflictos de Interés (UEEPCI).
El segundo instrumento normativo, se trató del ’Protocolo de Recepción y Atención a Denuncias por Incumplimiento al Código de Conducta’, el cual es el proceso siguiente en la atención de la denuncia recibida, por acoso u hostigamiento sexual y/o laboral, o por alguna otra falta al código de ética o código de conducta que reciba el CEPCI, para dar el seguimiento correcto.
Cabe mencionar que de no contar con uno, se apegarán al ya establecido y mencionado durante la capacitación, a los lineamientos generales que definen las bases para la integración, organización y funcionamiento de los comités de ética y prevención de conflictos de interés.
Para finalizar la asesoría, se realizaron diversas recomendaciones por parte de la Unidad Especializada de Ética y Prevención de Conflictos de Interés (UEEPCI), como fueron:
Actualizar sus códigos de conducta, actualizar o generar un protocolo de recepción y atención de denuncias, así como promover en cada una de sus presidencias municipales el adherirse jurídicamente al ’Protocolo Cero’; esto, para fortalecer las conductas dignas, responsables y evitar aquellas que caen en el incumplimiento del código de ética.