Tribunal electoral local deberá reponer dos procedimientos contra Carolina Viggiano


Interpuestos por Morena

Tribunal electoral local deberá reponer dos procedimientos contra Carolina Viggiano
Política
Abril 20, 2022 20:15 hrs.
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Marisol Flores › Líderes Políticos

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Tribunal electoral local deberá reponer dos procedimientos contra Carolina Viggiano

• Durante la sesión pública de este miércoles, los integrantes de la Sala Superior resolvieron los asuntos SUP-JE-58/2022 y SUP-JE-60/2022 interpuestos por Morena contra sentencias del TEEH

Por: Marisol Flores

Magistrados de la Sala Superior (SC) Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó al Tribunal local reponer dos procedimientos y emitir una nueva sentencia en cada uno, pues determinó que realizó una inadecuada investigación en determinar si la candidata de Va por Hidalgo, Alma Carolina Viggiano Austria cometió actos anticipados de campaña y precampañas.

Durante la sesión pública de este miércoles, los integrantes de la SC resolvieron los asuntos SUP-JE-58/2022 y SUP-JE-60/2022 interpuestos por Morena contra dos sentencias del Tribunal Electoral de Hidalgo (TEEH), pues el organismo local resolvió que la aspirante del PRI-PAN y PRD no transgredió las leyes electorales.

Sin embargo, los magistrados determinaron que el TEEH no motivo y fundó su resolución para determinar la inexistencia de actos anticipados de precampaña y campaña en la exhibición de mensajes en redes sociales y en 7 anuncios espectaculares con la frase "Es tiempo de las mujeres’, que se exhibieron durante el tiempo de la precampañas.

Por lo que revocó la resolución del tribunal local, pues fue su obligación motivar sus resoluciones y demostrar que esa decisión no es arbitraria, pues se debe justificar, con el marco jurídico aplicable, la exposición concreta de los hechos jurídicamente relevantes, probados, y las circunstancias particulares consideradas para resolver, expresó el secretario general de acuerdos de la SC.

Según la sentencia ’el TEEH únicamente enlistó las pruebas en general y se enfocó a referir, de manera dogmática, que las estaba tomando en cuenta, para concluir, sin un verdadero nexo argumentativo, que no se acreditaban los hechos ni la responsabilidad de los denunciados, de ahí que los agravios sean fundados y suficientes para revocar el fallo’

En tanto, en el recurso SUP-JE-60/2022, los magistrados hidalguenses no realizaron una exhaustiva investigación en unas cuentas de redes sociales, que apoyan a Viggiano Austria, por lo que también del sin efectos la resulto por el Tribunal local.

’El instituto local, para conocer a la persona creadora de una de las cuentas de Facebook denunciadas, efectuó un requerimiento defectuoso que no corrigió y respecto a los espectaculares dejó de pedir informes a la Unidad Técnica de Fiscalización del INE, a pesar de que contaba con indicios para ello’, agregó.

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